Fuente: Noticias Obreras
30/03/2026
Confieso que me he quedado sin palabras cuando he conocido el drama de Noelia. He necesitado un largo tiempo de silencio para, tímidamente, formularme una primera y balbuciente consideración e intentar salir del shock: soy incapaz de imaginarme el sufrimiento por el que ha tenido que pasar esta chica para que haya tomado la decisión, clara y madura, de solicitar ayuda para poder morir. Y aunque –lo reitero– me resulta imposible imaginar tamaño dolor, no puedo evitar una empatía con ella, precisamente, por este dolor inimaginable. Y más, cuando me entero de que en el origen de su petición se encuentra una violación múltiple, dos intentos de suicidio, una paraplejia que la dejó postrada en una silla de ruedas y una imposible –o, cuando menos, muy complicada– relación con su padre.
Pasado un tiempo, y recuperado un poco el aliento, he recordado que el año 2017 comenté el caso de Charlie Gard, un bebé que padecía un síndrome de agotamiento mitocondrial, una rarísima enfermedad genética que provoca, en quien la sufre, una parálisis progresiva que le conduce a la muerte. Los médicos del “Great Ormond Street” (Londres) ensayaron diferentes terapias. Ante la imposibilidad de alcanzar un resultado favorable, entendieron que no había solución y que mantenerlo en semejante situación aumentaba su sufrimiento y provocaba un gasto inútil. La gerencia del hospital solicitó permiso al tribunal correspondiente para desconectarlo y proceder a una terapia paliativa. Los padres se opusieron frontalmente. Tras haber activado un complejo proceso judicial, comunicaron el 24 de julio de 2017 que se había entrado en “un punto de no retorno” y que lamentaban el “muchísimo tiempo malgastado”.
E, igualmente, he recordado que el año 2019 comenté el caso de Vicent Lambert en Reims (Francia), un tetrapléjico en estado vegetativo desde hacía más de una década, y el enfrentamiento judicial entre sus padres (católicos y contrarios a que se le retirara la alimentación e hidratación artificiales por considerar que era una decisión “eutanásica”) y su mujer y tutora legal (partidaria de tales retiradas por entender que se estaba incurriendo en “encarnizamiento terapéutico”).
Estos dos dramas humanos, me permitieron darme cuenta entonces de que no era lo mismo la eutanasia (ayudar a morir adelantando el fallecimiento), la distanasia (encarnizamiento terapéutico con el fin de retrasar la defunción) y la ortotanasia (paliar los sufrimientos sin alterar el curso de la muerte). A ello me ayudó la lectura de la matizada posición de la Congregación para la Doctrina de la Fe en su Declaración sobre la eutanasia (1980). Y, en particular, su cuestionamiento de que “defender la vida física a toda costa sea siempre un bien para el enfermo”.
Creo que la posición de Abogados Cristianos en el drama de Noelia está necesitada, cuando menos, de dos clarificaciones. Probablemente, la primera y más importante es que este colectivo no recoge ni es la voz de los católicos ni tampoco de los cristianos. Y no lo es porque existen grupos de bioética creyentes que sostienen que la eutanasia puede ser despenalizada. Es una aclaración que no siempre se tiene en cuenta –probablemente, por desconocimiento– en los medios de comunicación ni por una parte notable de la ciudadanía.
Tal es, por ejemplo, la posición formulada el año 2005 por el Instituto Borja de Bioética (Barcelona) cuando se declaraba a favor de “una despenalización de la eutanasia en situaciones extremas y conflictivas” si concurrieran, en concreto, los siguientes requisitos imprescindibles: enfermedad que lleve a una muerte próxima; sufrimiento insoportable; consentimiento explícito del enfermo; intervención médica en la práctica de la eutanasia; revisión ética (visto bueno de un Comité de Ética Asistencial) y notificación legal con posterioridad a su realización. Si no me equivoco, creo que tal posicionamiento prolonga el formulado por el Papa Pío XII el año 1957: “si es evidente que la tentativa de reanimación constituye, en realidad, tal peso para la familia que no se le puede en conciencia imponer, ella puede insistir lícitamente para que el médico interrumpa sus intentos y el médico puede condescender lícitamente con esa petición”.
Si se tienen presente estos criterios, hay que reconocer honestamente -y esta es La segunda clarificación- que la normativa española sobre la eutanasia –al ser una de las más garantistas del mundo– sintoniza con los criterios propuestos el año 2005 por el católico Instituto de Bioética Borja (Barcelona). Por eso, entiendo que un católico tiene sobrados argumentos para respetar, en este asunto, el ordenamiento jurídico de un Estado que, como el español, es aconfesional. Agradecería que no se confundiera la posición de Abogados cristianos sobre la eutanasia con la de no pocos colectivos católicos; al menos, con la de los partidarios de su despenalización.
Dicho esto, creo que muchos de nosotros –más allá de nuestras filias o fobias religiosas e ideológicas– creemos que el Estado ha hecho lo que le toca hacer para garantizar la libertad de decisión de Noelia; pero, a la vez, no podemos evitar preguntarnos: la sociedad en su conjunto (familia, grupos y el mismo Estado): ¿han hecho todo lo que estaba en sus manos –y debían– hacer para que Noelia pudiera haber asumido su vida como un bien y no como una carga insoportable? Mi respuesta –al menos, mientras no disponga de otros datos– es negativa.
Por eso, agradecería una revisión del drama de Noelia desde esta perspectiva que acabo de indicar. Entre otras razones, porque es muy posible, en primer lugar, que se evitaran algunos otros dramas personales, familiares y sociales y porque, en segundo lugar, creo que también se podría acabar propiciando una ley estatal y específica sobre cuidados paliativos u ortotanasia, tan necesaria como la de la eutanasia. Si se procediera así, mi silencio y perplejidad serían un poco más llevaderos: solo un poco, nada más.

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