Los laicos, presidentes extraordinarios de la eucaristía
El estudio exegético y el análisis de las decisiones dogmáticas adoptadas a lo largo de la historia permitirían abordar –señaló H. Küng– la pregunta que estaba en el origen de su aportación: si era cierto que en Corinto sólo había carismas, que no existían –aparte del Apóstol Pablo– ni “epíscopos” ni “presbíteros”. Si también lo era que se trataba de una “comunidad provista de todo lo necesario”, bien dotada con predicación de la palabra, bautismo, cena del Señor y con todos los servicios” y que sólo después de la muerte de Pablo se impuso la constitución presbiteral-episcopal de la Iglesia, entonces, era difícilmente cuestionable la legitimidad de otra manera – igualmente válida y plena– de organizarse y constituirse la comunidad cristiana. Con el reconocimiento de semejante posibilidad –apuntó seguidamente– no se pretendía trastornar la constitución actual de la Iglesia o defender un retorno unilateral al modelo de Corinto, sino mostrar que la Iglesia posterior no debía excluir por principio la constitución paulina de la comunidad cristiana, es decir, “una ordenación carismática de la comunidad sin particular institución en el ministerio (ordenación)”.
Evidentemente, semejante constitución era algo excepcional. Sin embargo, su excepcionalidad no estaba reñida con su bondad –y hasta necesidad– en una situación misional extraordinaria como fue la de Pablo en sus primeros años y como es la nuestra en la actualidad. ¿Puede la Iglesia impedir –se preguntó H. Küng– que suceda otra vez lo que un día aconteció en Corinto y en otras iglesias paulinas, es decir, que, por la libertad del Espíritu de Dios, aparezca el carisma del gobierno? Cualquier teología interesada en la ordenación y sucesión apostólica especial de los pastores, está obligada a reflexionar a partir del fundamento exegético explicitado. Y, precisamente, por ello, estaría urgida a responder a la siguiente pregunta: ¿qué sucedería si un cristiano o una cristiana, que se halla en una situación excepcional, reúne –por impulso del Espíritu Santo y gracias a su personal testimonio– un pequeño grupo y bautiza y celebra con ellos la cena del Señor? Esta persona, que no ha recibido una misión especial por parte de las autoridades jerárquicas, ¿no puede ser, sin embargo, como en las iglesias paulinas, un responsable carismático? ¿Sería válida su eucaristía, como la de los corintios en ausencia de Pablo? Los ministros ordenados, cuando se encontraran con él, ¿podrían negarle el reconocimiento? Hay que estar de acuerdo, sentenció H. Küng, en que éstas son, por lo menos, cuestiones discutibles.
Pero se podía ir un poco más lejos. Podríamos encontrarnos, señaló el teólogo suizo, con personas que prescindieran de estos resultados exegéticos y prefirieran abordar la cuestión en términos estrictamente dogmáticos. Pues bien, volvió a preguntar H. Küng, en una Iglesia en la que todo cristiano puede, “en caso de necesidad”, bautizar y, en opinión de muchos teólogos, también absolver, ¿no habría que pensar la posibilidad, igualmente, de una ordenación y una eucaristía “en caso de necesidad”?

