NOTA: En el equipo de mantenimiento del BLOG hemos llegado a
entender que, en las circunstancias que nos envuelven (el CONFINAMIENTO
POR «COVID-19») bien podríamos prestar el servicio de abrir el BLOG a
iniciativas que puedan redundar en aliento para quienes se sientan en
soledad, incomunicadas o necesitadas de expresarse.
___________________________________________
Fuente: Opuslibros
___________________________________________
Nos
ha parecido procedente publicar este documento de gran interés eclesial en tres
entregas. El texto es el contenido de un escrito-denuncia enviado al Papa
Benedicto XVI en septiembre de 2009. El escrito fue firmado por 165 hombres y
mujeres, sobre todo de España, pero también de otros 18 países de América y
Europa. Se sabe que Benedicto XVI lo recibió. La única señal de que lo recibió
la obtuvo el prelado Javier Echevarría. Fue llamado por el Papa para un tema,
según se supo, grave: la confusión entre la jurisdicción interna y externa de
las personas. Los denunciantes no obtuvieron ninguna respuesta del Papa ni de
alguien del Vaticano. Han pasado once años y este texto sigue estando vigente
pues el contenido de la denuncia pervive.
Para
más información, se puede consultar la página opus libros correspondencia.
_________
10. Indefensión e inseguridad jurídicas
En el terreno jurídico o canónico, la indefensión de los miembros del Opus Dei está prevista en el modo habitual de proceder de la institución. En efecto, los miembros nunca reciben documentación escrita de su relación con la Obra: no tienen notificación escrita de su incorporación jurídica a la institución, ni de su desvinculación en caso de que suceda; no se les expide certificado de estudios eclesiásticos; tampoco existe contrato de trabajo para los que se dedican a tareas internas; nunca se confieren por escrito los nombramientos de cargos. Con excepción de los sacerdotes, nadie tiene posibilidad de demostrar por escrito su pertenencia actual al Opus Dei ni, en el caso de haber dejado la institución, los pocos o muchos años de entrega completa a la misma; tampoco pueden acreditar su relación laboral los que trabajan en la burocracia y dirección internas. Y todo esto viene ocurriendo en la institución desde el principio.
Especial gravedad, porque va contra el derecho establecido por la Iglesia[1], es el estado de indefensión de aquellos miembros que han sido objeto de penas o admoniciones canónicas impuestas oralmente por decreto extrajudicial, como es costumbre en el Opus Dei, sin entregar documento escrito al afectado. De esta forma se impide a los miembros el derecho de recurso legal ante la instancia competente, pues no pueden probar que han sido penados, ni en base a qué supuestos delitos cometidos. Es a la vez un modo de preservar la imagen de la Obra evitando que los escándalos trasciendan al exterior. También es frecuente que las autoridades del Opus Dei impongan oralmente censuras canónicas como medio coactivo para inducir a la obediencia y al sometimiento, sin que el súbdito haya incurrido en delitos tipificados para ellas en el Derecho de la Iglesia[2]. Estamos ante otras manifestaciones de la actuación opaca y abusiva del Opus Dei desde el punto de vista moral y legal.
No queremos dejar de exponer una de nuestras mayores preocupaciones relativas al aspecto jurídico de la institución, que ya hemos apuntado en páginas anteriores, pero que merece un comentario particular. En efecto, el Opus Dei se presenta a sí mismo con un espíritu netamente secular de encuentro personal con Dios en medio del mundo, cuya característica principal es facilitar la santificación sin sacar a nadie de su sitio, es decir, respetando la vocación profesional y el ambiente social de cada uno. Este es el planteamiento que se hace a las posibles vocaciones. Y, por el contrario, resulta de conocimiento común que el Opus Dei funciona desde sus comienzos como una orden religiosa de la más estricta observancia. En lo que se refiere a sus miembros Numerarios y Agregados laicos, apenas existe distinción real con el modo de vida de los religiosos y sus compromisos de pobreza, obediencia y, en general, trabajo en las tareas apostólicas corporativas. Su erección como Prelatura y su dependencia de la Congregación de Obispos no ha variado en nada estas características fundacionales de siempre. Por otra parte, aunque el CIC —cánones 294-296— determina que una prelatura es una estructura clerical formada por presbíteros y diáconos seculares bajo la autoridad de un Prelado, y que los laicos sólo cooperan en las obras apostólicas de la prelatura mediante unos acuerdos establecidos entre ambas partes, sin embargo, los Estatutos de la Prelatura consideran miembros de pleno derecho a los laicos. Pero lo más importante es que a los sacerdotes y laicos célibes del Opus Dei, se les exige observar una praxis de vida con unos compromisos de entrega (pobreza, castidad y obediencia, además del compromiso ya señalado de no criticar a los superiores) que no se encuentran especificados en los Estatutos otorgados por la Santa Sede, que no contemplan para nada los consejos evangélicos, sino en los reglamentos internos. Por ejemplo, es un fraude y un robo por parte de la institución exigir a los miembros célibes, como obligación jurídica y moral grave, la entrega de todos sus ingresos, cuando eso no está estipulado en los Estatutos.
Es más, esos Estatutos no tienen relevancia alguna en la vida de los miembros, pues no se les proporcionan, ni se encuentran en los centros, ni se les explica su contenido. En cambio, lo que realmente rige la vida de los miembros del Opus Dei son esos reglamentos internos secretos, no conocidos ni aprobados por la Sede Apostólica[3]. Estos reglamentos, que constituyen una normativa paralela a la otorgada por la autoridad de la Iglesia, son doblemente secretos porque tampoco se hacen públicos a los miembros: sólo tienen conocimiento y acceso a ellos los que gobiernan, y según los distintos niveles de responsabilidad en la institución, conocerán unos u otros; esto es, los niveles inferiores de gobierno ignoran los reglamentos por los que ellos mismos son regidos.
Tanto las personas que se hacen de la Obra, como las que llevan muchos años en ella, desconocen la realidad de esta doble regulación jurídica, ignorando completamente la norma oficial otorgada por la Jerarquía de la Iglesia para el Opus Dei. Es más, la poca formación jurídica que se imparte a los miembros va en la línea de afirmar que la Prelatura Opus Dei forma parte de la estructura jerárquica institucional de la Iglesia[4], aunque no se reconozca así en el Código de Derecho Canónico.
Por lo que acabamos de exponer, pensamos que existen notables incoherencias entre el hipotético espíritu secular del Opus Dei y la praxis real de vida que se exige a sus miembros; entre lo estipulado en el CIC para las prelaturas personales, y los Estatutos otorgados al Opus Dei, principalmente en cuanto a la pertenencia de los laicos a la Prelatura y la existencia de un presbiterio de la Prelatura; y, de modo especial, entre dichos Estatutos oficiales y los reglamentos internos secretos, que además de contener abusos graves contra los derechos humanos y los modos pastorales de la Iglesia, determinan serias obligaciones para los miembros que no se mencionan en los Estatutos.
En definitiva, opinamos que todos estos dolosos engaños, ocultamientos e incoherencias jurídicas hacen necesaria una intervención clarificadora por parte de la Jerarquía, con el fin de instaurar la legalidad en el Opus Dei, y para que esta institución tenga un comportamiento transparente con la Jerarquía de la Iglesia, con todos los fieles cristianos, y también con sus propios miembros. Como es sabido, las normas canónicas —tanto las generales, como las particulares— deben constituir una garantía del auténtico espíritu cristiano, de la libertad y de los derechos inalienables de los fieles, pues de otro modo éstos se verían indefensos contra los abusos del poder, que en este caso es ejercido en nombre de Dios.
11. Los efectos dañinos de estas praxis del Opus Dei sobre las personas
La inmensa mayoría de los miembros célibes de la institución acceden a ella en edad muy temprana, sin madurez, y asumiendo una vocación sin el debido discernimiento espiritual, tanto personal como por parte de los Directores; más bien, acontece como consecuencia de un proceso humano coactivo bien diseñado[5]. Y esto puede hacerse también extensivo al hecho de las vocaciones sacerdotales por obediencia[6]. No es difícil imaginar los efectos existenciales de una vocación inventada y de toda una vida levantada sobre algo irreal.
El resultado de lo que venimos exponiendo es un deterioro íntimo y una destrucción sistemática de las personas, que son diluidas en la institución y fagocitadas por ella, pues el bien de la institución se considera más importante que el de los miembros. La alienación de sí mismo y el desarraigo existencial, la pérdida de toda relación estable y profunda con el mundo (económica y de bienes, profesional, social, afectiva), generan un sufrimiento indecible y prolongado, muy difícil de describir, en aquellas personas que mantienen la fidelidad a su conciencia. Así se explica la enorme incidencia de enfermedades mentales de tipo emocional[7], que llegan a afectar a más de la mitad de los Numerarios: depresiones reactivas, ansiedad, miedos, fobias y obsesiones, baja autoestima, marginación, suicidios, fibromialgias, síndromes de fatiga crónica, estrés postraumático, desesperanza completa y desorientación en la vida.
Pero existe, a nuestro juicio, un daño moral aún peor: el de la porción considerable de personas que se han amoldado plenamente a las exigencias de la institución, anulando su conciencia en aras de la obediencia. El trastorno que estos sufren no se manifiesta tanto en el orden emocional y psicológico. Es un perjuicio mucho más profundo y sutil: el de convertirse en fanáticos robotizados, gentes que han perdido su yo personal y su capacidad de sentir y decidir por sí mismos: gozan de los “privilegios” (también materiales) de pertenecer a la “nomenclatura”, con la estimación que eso supone; son gentes afines al poder, que han vuelto sus espaldas a la verdad y sólo proclaman las excelencias de la institución y las consignas y falsedades del “partido”, muchos conscientes de actuar contra razón, pero asumiendo su papel. Son en realidad cadáveres de persona, que ejecutan fríamente respecto de sus hermanos los mandatos de los que gobiernan, sean justos o injustos, excusando siempre sus actuaciones en la obediencia debida.
Queremos resaltar que el sufrimiento causado por la destrucción de las personas en el Opus Dei es hoy un problema eclesial y social muy grave, pues el número de víctimas se puede contar ya por cientos de miles de personas. Y, en la situación actual, se da el agravante de que esas prácticas inmorales destructivas están perfectamente institucionalizadas como constitutivo del espíritu de una organización aprobada por la Iglesia.
12. Perjuicios para la vida espiritual de los miembros
En el Opus Dei los Directores sustituyen a Dios en la orientación de la vida espiritual de los miembros y, como se ha dicho, anulan completamente la capacidad decisoria de las personas en su propia vida espiritual. No es de extrañar que esta realidad lleve a perder el auténtico contacto personal con Dios y obture la vida interior, la cual suele entenderse dentro de la institución como el cumplimiento exacto de todo lo establecido y el sometimiento pleno a los que gobiernan. Al mismo tiempo, la pastoral se reduce a una ascética semipelagiana de meros esfuerzos humanos.
Estos planteamientos suelen conducir a una vida espiritual voluntarista y de perfeccionismo humano, por lo que muchos, después de tantos años de realizar apretadas prácticas de piedad y de oración, al abandonar la institución —y a veces antes— pierden la fe o se apartan de Dios. Otros sienten fobia a pisar un templo o a tratar con un sacerdote. Son muchos también los que desconfían y se escandalizan de la autoridad eclesial en cuanto que no pone remedio a los abusos del Opus Dei, repetidamente denunciados en estos años.
13. Situación de quienes deciden abandonar el Opus Dei
La situación de los que se van de la institución, después de muchos años de lo que se supone era una entrega a Dios, adquiere tintes dramáticos. Generalmente ocurre porque la persona ya no aguanta más, debido al deterioro psicológico o bien a los desencuentros con los superiores. La experiencia nos dice que muchas de esas personas no abandonan como consecuencia del amor a las vanidades del mundo, o por darle la espalda a Dios, sino porque han sobrepasado el límite de su resistencia humana. Lo hacen destrozados en todos los órdenes. Buena parte de ellos sin tener una profesión, en la penuria económica más absoluta y sin posibilidades de encontrar trabajo. Los que se han dedicado a tareas internas, que son mayoría, marchan en edad avanzada y sin haber cotizado a la Seguridad Social, sin experiencia laboral, y con unas condiciones psicológicas deficientes.
Rehacer la vida en estas circunstancias es muy difícil. Por otra parte, no siempre es posible refugiarse en la propia familia cuando se han pasado tantos años de distanciamiento y extrañeza, inducidos por la institución como presupuesto de la entrega. También es habitual que estas personas se encuentren desarraigadas del mundo, con la impresión subjetiva de haber sido engañados y de haber perdido los mejores años de la vida: una vida que no reconocen como propia porque no han sido ellos sus artífices principales.
¿No debería hacerse responsable al Opus Dei de las necesidades económicas de unas personas que han entregado su vida entera, también laboral, al servicio de la Iglesia en esta institución, debidamente legalizada por la autoridad eclesiástica?
Ya nos hemos referido muy someramente a la situación religiosa de los que se van. Pero queremos señalar que son pocos los que han dejado la Prelatura como consecuencia de un discernimiento doctrinal y teológico de los abusos de la institución, inaceptables para cualquier conciencia recta. La mayoría, debido a la formación recibida, no son capaces de percibir esos abusos institucionales, ni les atribuyen la causa de su situación. Por esta razón, al abandonar la Obra, porque ya no aguantan más, suelen hacerlo con la sensación de culpa de estar traicionando a Dios, pues identifican la perseverancia en el Opus Dei con la fidelidad a Dios.
Los que dejan la Obra son generalmente considerados unos traidores. Se les veta cualquier trabajo relacionado con la institución y con sus miembros, y se les prohíbe visitar los centros del Opus Dei, para evitar “escándalos”. Con quienes pueden empañar la buena imagen de la Obra, el trato suele ser durísimo, pues se les descalifica ante la autoridad de la Iglesia y en el ambiente interno del Opus Dei por medio de calumnias y maledicencias, proferidas a sus espaldas y sin que ellos lo sepan y puedan defenderse. La experiencia que tenemos sobre este modo de proceder es abundantísima[8].
1. Una “organización de poder” que amenaza la libertad de la Iglesia
Nos parece que la autoridad de la Iglesia debe tener conocimiento del peculiar funcionamiento del Opus Dei como organización dentro de la misma. No es sólo el carácter integrista del Opus Dei[9] lo que nos preocupa, sino el que se impongan las ideas integristas de su fundador por encima de la doctrina eclesial y los progresos del magisterio. Esta falta de sintonía con la verdad y con el Espíritu Santo no constituye un servicio a los fieles. Pero eso no es lo más grave. Lo más preocupante es cómo está estructurada esta institución, cómo funciona, qué objetivos eclesiales pretende y cómo ha llegado a insertarse en la organización eclesiástica.
En efecto, la estructura de la Obra es piramidal y de poder absoluto de quien manda, sin participación alguna de las bases. Ya hemos mencionado que se trata de una organización totalitaria en su praxis y de orden internacional, en la que toda la información de sus miembros —incluido el fuero interno de las conciencias— llega a su cabeza. Pero, al ser una organización de orden internacional, también se cursan informes sobre las autoridades eclesiásticas, como si se tratase de una agencia de inteligencia centralizada, porque se considera de interés para la institución. En efecto, por medio de informes secretos, la información más delicada se trasmite a la sede central usando un libro de claves llamado Augustinus, que muy pocos directores regionales conocen y manejan.
Las informaciones que con más interés se recaban son las relativas a los obispos, nuncios, Curia Romana y diócesis[10]. Y esa documentación y los juicios en ella vertidos sirven luego para diseñar estrategias de influencias y de poder. Es bien conocida la constante “labor de imagen” que la Obra realiza con los eclesiásticos y con los medios de comunicación. A esta empresa se dedican muchísimas personas y medios. Pues bien, ese trato supuestamente amistoso con los miembros de la jerarquía está diseñado también para recabar información.
Y la información llega por todos los cauces, a través de cualquier persona miembro de la organización o que está en contacto con ella: puede ser un sacerdote diocesano de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, dependiente del Opus Dei; puede tratarse del secretario, del chófer o de la limpiadora de un obispo; de una persona que trabaja en un dicasterio de la Curia Romana; de un miembro Supernumerario amigo de un obispo; de cualquiera que escucha una conversación. Todos esos datos, por pequeños que sean, llegan a los directores y sirven para engrosar los dosieres que el Opus Dei tiene elaborados sobre la generalidad de los obispos del orbe[11]. Y, con esa información, es muy sencillo luego configurar estrategias moviendo, desde diversos lugares del mundo, a personas afines y amigas —cardenales, nuncios y obispos, que deben favores o que tienen intereses comunes— con el fin de ir alcanzando “cotas de poder” o influencia dentro de la Iglesia; o también obstaculizando el ascenso y la promoción de otros que no les interesan. Es un trabajo capilar, que apenas se siente, pero muy eficaz: se sabe que existe —muchos suelen decir coloquialmente que “el Opus tiene mucho poder”—, pero no se sabe cómo ni por qué cauces actúa.
¿Y para qué este “poder”? El Prelado y los Directores de la institución suelen decir que para el servicio de la Iglesia. Sí, pero para el servicio de una Iglesia tal como ellos la conciben según su ideología particular, convertida en dogmas que ellos mismos se fabrican e intentan imponer a los demás. Curiosamente hacen esto al tiempo que ellos se exoneran del cumplimiento de las leyes morales más elementales, como ya se ha visto. En realidad siempre aparece un objetivo persistente: allanar el camino a la acción de la Obra y blindarla frente a las posibles denuncias de sus manejos.
Pensamos que una organización de poder interno absoluto, de ámbito universal, con un criterio único, y tan fuertemente estructurada, constituye un verdadero peligro para la Iglesia misma en cuanto que, por su capacidad de maniobra, puede privarla de la necesaria libertad. Porque en la Iglesia no debemos imponer “nuestra verdad” a base de estrategias centralizadas de poder, sino que hemos de dejar suficiente espacio al Espíritu Santo para que sea Él quien nos conduzca a la verdad completa, individual y colectivamente, y además según sus tiempos[12].
2. Alteraciones de la verdad histórica
Otros modos de obrar del Opus Dei, además de los ya mencionados, causan también daños profundos al Cuerpo de la Iglesia, porque afectan al núcleo de su credibilidad.
Hay datos suficientemente documentados que afectan gravemente a la figura del Fundador presentada y que deben ser conocidos por la autoridad eclesiástica competente y por todos los miembros del Opus Dei. Renunciamos a exponer aquí este tema y nos limitamos a adjuntar dos trabajos del historiador Giancarlo Rocca[13].
Comprendemos la dificultad que supone para un extraño captar el alcance de los abusos que vienen ocurriendo en el Opus Dei y de sus consecuentes y muy graves daños personales. Hay un enorme desconocimiento al respecto. Pero el problema que hemos descrito, por muy increíble que parezca, se da tal cual lo hemos referido. Gracias a Dios podemos probar nuestras afirmaciones.
En el presente escrito nos hemos querido detener en los daños que una organización de esta índole, que actúa al amparo de la autoridad concedida por la Iglesia, produce en las víctimas que se han acercado a ella buscando a Dios. Estamos ante un desorden institucional que salpica la credibilidad de muchos procedimientos eclesiales, ante un fraude de enormes dimensiones perpetrado en nombre de Dios y usando un poder concedido por la Iglesia. Esperamos que la autoridad eclesial, pensando en las víctimas y en la imagen de Cristo que trasluce la Iglesia, tenga a bien no dilatar su intervención para cuando el escándalo haya saltado a los tribunales civiles y a los medios de comunicación social, o hasta dentro de unos siglos, cuando deba purificar su memoria histórica.
NOTAS
[1] Ver Discurso de Benedicto XVI a un seminario de estudio para obispos organizado por el Consejo Pontificio para los Laicos, 2008-05-17.
2 Estos “reglamentos internos” secretos –algunos se irán citando en este escrito– suponen un engaño a la Santa Sede, ya que constituyen un cuerpo normativo amplio y de obligado cumplimiento, deliberadamente ocultado a su conocimiento. En la actualidad puede consultarse la mayoría de ellos en la dirección de la red www.opuslibros.org, en su sección titulada Documentos internos (http://www.opuslibros.org/Indice_documentos_internos.htm). Para tener una primera visión de conjunto, ver el estudio ahí publicado por ORÁCULO, Los documentos secretos del Opus Dei, fácilmente localizable con los buscadores de la red, como Google (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=7808).
3 Catecismo de la Obra, nº 215: “¿Quiénes ejercen la dirección espiritual personal, en cuanto a las disposiciones interiores? Ejercen la dirección espiritual personal, en cuanto a las disposiciones interiores, los Directores y los sacerdotes de la Obra. Dejando completamente a salvo la libertad de las conciencias de los fieles de la Obra, su buen espíritu les mueve a tener la dirección espiritual personal con el Director o con la Directora local, y con el sacerdote designado para atender cada Centro. Pueden siempre dirigirse, además, a otro sacerdote de la Prelatura; y, por escrito y directamente, al Padre. Para comprender lo anterior, ha de tenerse presente que es el mismo Opus Dei el que imparte la dirección espiritual, y nadie puede atribuirse el derecho exclusivo de ejercerla. Por tanto, quienes no han recibido esa misión del Padre o de los Directores Regionales, no pueden ser buenos pastores. Por eso, en la Obra la dirección espiritual personal existe sólo in actu: cuando el Director escucha la Confidencia, y cuando el sacerdote confiesa o atiende charlas de dirección espiritual.” En el argot interno, Charla fraterna y Confidencia son sinónimos de la dirección espiritual personal.
4 “Por tanto, de acuerdo con la naturaleza de la charla fraterna, el silencio de oficio prohíbe tratar esos asuntos con cualquier persona fuera de aquéllas que puedan y deban intervenir en la dirección espiritual, en la línea que va desde los Directores locales hasta el Padre. Dentro de esa línea, y en sentido ascendente (de abajo hacia arriba), no se lesiona el silencio de oficio cuando la consulta es necesaria o conveniente.” (Experiencias sobre el modo de llevar charlas fraternas, año 2001, p.110). En el Opus Dei está institucionalizada la violación sistemática del secreto de dirección espiritual, realizada sin aprobación y sin conocimiento del interesado, o dándolos falsamente por supuesto. Pero por si esto no hubiera quedado claro, el fragmento que se acaba de citar posee una nota aclaratoria a pie de página que dice: “Si se entiende bien que quien imparte la dirección espiritual es el Opus Dei, fácilmente se comprende que no tendría sentido, por ejemplo, que al hacer la charla fraterna alguien pusiera como condición, para tratar un tema determinado, que quien la recibe se comprometiera a “no contar a nadie” lo que va a decirle; o que éste último, pensando facilitar la sinceridad, equivocadamente dijera al que hace la charla: “cuéntamelo todo y no te preocupes, porque no se lo voy a decir a nadie más” En estos casos hipotéticos, la persona que recibiera la charla dejaría de ser instrumento para hacer llegar la ayuda de la Obra: esa conversación no sería una charla fraterna de dirección espiritual” (Ibídem, nota 65).
5 Hablando de la dirección espiritual personal, las Experiencias sobre el modo de llevar charlas fraternas, dicen: “Ha de cuidarse mucho la puntualidad en el día fijado y a la hora establecida (…) Otra característica importante es la brevedad. Aunque la duración concreta dependerá de muchos factores, de ordinario, si se prepara bien, bastarán diez o quince minutos para comentar con sinceridad y hondura todos los puntos necesarios. Sólo en casos excepcionales será precisa una mayor dedicación” (p. 23). Y, citando el Catecismo de la Obra n. 208, se añade: “Se dice que los fieles de la Obra “pueden” abrir su alma en la Confidencia, porque es un derecho que tienen. Y, a la vez, que “han de cuidar” fidelísimamente esta Costumbre, porque es uno de los medios para identificarnos con el espíritu de la Obra, que nos hemos comprometido a poner en práctica al incorporarnos a la Prelatura” (p. 16).
6 “Ejercen la dirección espiritual personal, en cuanto a las disposiciones interiores, los Directores y los sacerdotes de la Obra” (Catecismo de la Obra, nº 215). Ver también nota 7.
7 “En el Opus Dei, la dirección espiritual corresponde, en primer lugar, a los Directores locales, laicos, con los que también los sacerdotes tienen su charla fraterna; después, a los sacerdotes de la Obra, a través de la confesión sacramental. Los sacerdotes saben que, para colaborar eficazmente en la dirección espiritual personal de los fieles de la Prelatura, han de confirmar en todo, ordinariamente, las directrices que los demás reciban en la charla fraterna: sólo una completa armonía entre ambos consejos asegura la adecuada dirección espiritual de las personas de la Obra” (Vademecum de sacerdotes, p. 41).
8 Catecismo de la Obra, nº 215: “Su buen espíritu les mueve a tener la dirección espiritual personal con el Director o con la Directora local, y con el sacerdote designado para atender cada Centro.”
El así denominado espíritu, objeto de revelación divina al fundador, nadie sabe con claridad en qué consiste ni hasta donde llega, pero suele objetivarse en todas las normas organizativas y doctrinales que el fundador estableció en su momento. En la práctica, el espíritu viene a ser lo que el Prelado y sus colaboradores estiman y definen como tal en cada circunstancia. Dicho espíritu, que se afirma procede de Dios de un modo tan especial, se considera de facto, aunque no se diga abiertamente, por encima de la praxis y el derecho de la Iglesia. La institución se encuentra por ello eximida de someterlo al discernimiento y aprobación pontificias. Esto explica la “doble contabilidad normativa” y la actitud constante de engaño a la autoridad eclesiástica y a los miembros de la Obra.
9 Catecismo de la Obra, nº 218: “¿De qué temas se trata en la Confidencia? Para hacer bien la Confidencia, convendrá tratar de qué modo se viven: 1) las Normas y Costumbres; 2) la fe, la pureza y la vocación; 3) el apostolado personal y el encargo apostólico concreto; 4) la santificación del trabajo; 5) los encargos recibidos del Consejo local. Además convendrá tratar también: 1) del amor a la Santa Iglesia y a la Obra; de la petición por el Romano Pontífice y por los Obispos; 2) del espíritu de filiación a nuestro Fundador y al Padre, de fraternidad y de proselitismo; de las preocupaciones, tristezas o alegrías; 3) de la oración y mortificación por el Padre y por todos los fieles de la Obra. Y todo con brevedad y humildemente, con la máxima sencillez, pruebas indudables de buen espíritu y medios para progresar en el camino de la santidad.”
11 J. ESCRIVÁ, Instrucción para los Directores, nº 70: “Conviene que todo lo que pase esté reflejado brevemente en el papel. ¡No es tanto el papeleo, no es tanto! Las cosas externas ya quedan en el diario de la casa. En cambio, las fichas que yo os pido son más íntimas. Así los Directores no se olvidarán de dar a conocer lo que deba ser conocido por la Comisión.” Esta práctica no la conocen los súbditos. Cfr. el artículo de Oráculo, El silencio de oficio en el Opus Dei (http://opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=7597).
12 Según una tradición oral, se aconseja a los sacerdotes del Opus Dei que procuren que las confesiones sean muy breves y que, después de la absolución, hablen con el penitente de los temas más importantes tratados en ella (lo mismo se dice a los miembros laicos de la Obra). De este modo, el sacerdote se puede considerar liberado del secreto de confesión sobre aquellos asuntos tratados después de la absolución, aunque la conversación haya transcurrido dentro del confesionario, y comentar esos conocimientos con los Directores sin el consentimiento del interesado, aplicando entonces los criterios de falta de confidencialidad establecidos en el Opus Dei para la dirección espiritual (ver nota 4).
Otra forma de inducir la sinceridad con los Directores consiste en la indicación que reciben los sacerdotes de negar a los miembros la absolución sacramental hasta que éstos no hablen con los Directores de ciertas cuestiones importantes tratadas en la confesión. La razón aducida para justificar esa práctica es salvaguardar el bien del Opus Dei, que de modo habitual no tiene por qué coincidir con el bien del penitente y con el debido respeto al sacramento. Este abuso tiene su origen en una muy determinada directriz interna del Prelado a sus sacerdotes: “Si alguna vez —por falta de formación— un miembro de la Obra no diera a conocer a sus Directores circunstancias o hechos de su vida que desdicen de nuestra vocación o que son obstáculo para nuestra labor; y en cambio comunicase esos hechos en la Confesión, el sacerdote —‘dejando claro que no lo manda’— debe aconsejar a esa alma que, por el bien suyo y de la Obra, hable sincera y confiadamente con sus Directores, y si fuese necesario, pida que le cambien de Centro o de ciudad. Excepcionalmente —por la importancia de los hechos, por existir una clara incompatibilidad con los deberes para con la Obra, por su incidencia en daño de tercero, etc.—, esta indicación podría pasar de ser un simple consejo de dirección espiritual, a constituir una obligación estricta y grave, según las normas generales de la Teología Moral; obligación que el sacerdote debe imponer con la necesaria fortaleza, y del modo que las personas y las circunstancias exijan, incluso “aconsejándole imperativamente que pida la salida de la Obra” (Experiencias de práctica pastoral, pp. 263-264). Una y otra forma de trasladar a los que gobiernan lo conocido por confesión, son subterfugios que privan al penitente del derecho al secreto del sacramento de la penitencia, lo que consideramos un abuso muy grave.
13 Hablando de la dirección espiritual personal, se dice: “En la Obra, cuando se acude a la charla fraterna está presupuesto que el que la recibe hará esas consultas cuando sea necesario o conveniente: por ejemplo, porque se plantean asuntos que exceden sus competencias (disponibilidad de un Numerario para ir a trabajar a otra Región; necesidad o conveniencia de que cambie de ciudad por motivos de salud, circunstancias de su vida espiritual, o exigencias del apostolado, etc.); o bien porque requieren el ejercicio de una facultad de gobierno propia del Consejo local o de los Directores regionales; o finalmente porque la prudencia aconseja consultar a otro miembro más experimentado del Consejo local o al sacerdote del Centro”. Y sigue: “En la práctica, la mayor parte de las veces, las consultas obedecerán a la conveniencia de aconsejarse para encontrar el mejor modo de impulsar la vida espiritual en un determinado momento (por ejemplo, cómo enfocar el examen particular, la lectura espiritual, etc.)” (Experiencias sobre el modo de llevar charlas fraternas, nota 58).
14 “Los Consejos locales tramitan estos asuntos con especial diligencia, y velan —a través de la charla fraterna— para que los interesados actúen en todo momento como padres de familia numerosa y pobre: en el rendimiento económico de su actividad profesional y en el desprendimiento; cuidado y sobriedad en el uso de los medios materiales que necesiten para el desempeño de su trabajo: oficinas, automóviles, viajes, etc. Concretamente, hacen comprender a todos que la libertad en la actividad profesional va siempre muy unida al pleno y efectivo desprendimiento de los bienes materiales, a una entrega sin reservas ni condiciones” (Experiencias de las labores apostólicas, p. 68).
15 “Quien lleva la dirección espiritual […] Ha de ser instrumento de unidad con el Padre y con los Directores, nunca aislador. Es, por tanto, la naturaleza misma de la ayuda que se ha de proporcionar la que exige la consulta a quienes, por oficio, pueden y deben intervenir en la dirección espiritual de esa persona” (Experiencias sobre el modo de llevar charlas fraternas, pp.107-108. Roma 2001).
16 “Desde entonces, todos los fieles del Opus Dei somos conscientes de que la charla fraterna es un medio sobrenatural, dispuesto por el Señor para nuestra santificación en el mundo: los Directores son instrumentos de Dios, y cuentan con las gracias convenientes para ayudarnos; por tanto, acudimos siempre con disposiciones de completa sinceridad, con el deseo de que sea cada vez más claro, más pleno, más íntimo el conocimiento que tienen de nuestra lucha ascética.” (Experiencias sobre el modo de llevar charlas fraternas, Prefacio). “Es un medio bendito, sobrenatural, de sabor evangélico, de primitivos cristianos” (Ib. Son palabras del fundador). El Vademécum del Gobierno local, del año 2002, afirma también: “La conversación fraterna es un medio de formación sobrenatural” (p. 95). Para contrastar el modo de entender la dirección espiritual personal en el Opus Dei, con la doctrina de la Iglesia sobre el respeto a la intimidad y sobre la distinción entre fuero externo y fuero interno, puede consultarse este artículo de Roberto Serres López de Guereñu: El respeto de la distinción entre fuero interno y externo en la formación sacerdotal, en Revista Española de Derecho Canónico, Vol. 63 (2006), nº 161, pp. 605-654.
17 Para ilustrar este modo de entender el conocimiento de la voluntad de Dios, podemos citar el esquema introductorio de un texto que aparece en el Libro de Meditaciones –que los Numerarios de cada Centro escuchan en grupo durante la oración de la mañana-, Tomo II, pp. 516-521, meditación 183: “1) Dios nos da a conocer su Voluntad, sirviéndose de algunas personas a las que da las gracias convenientes. 2) Obedecer a los Directores es obedecer a Dios. 3) Fundamentados en la obediencia, participaremos de la eficacia de Dios.” Y ya en el texto de la meditación podemos leer: “Con este convencimiento, procuramos vivir, desde que llegamos a la Obra, una obediencia delicada con los que hacen cabeza, pues el Director −quien sea— representa a Cristo, y es instrumento de Dios para hacernos conocer su Voluntad” [...] “No importa la persona, ni importa cuál sea el conducto por el que nos llega la Voluntad divina. Debemos obedecer siempre con igual delicadeza, viendo a Dios en los Directores.” Téngase en cuenta que son los Directores quienes, según se ha explicado ya, ejercen el monopolio de la dirección espiritual.
18 “Quiso el Señor como “Pastor” de estas ovejas a vuestro Padre, y a quienes del Padre reciban esa misión: los Directores y los sacerdotes de la Obra, porque no se le da ordinariamente a nadie que no sea del Opus Dei. Los que no son de nuestra familia, no son buenos pastores de mis ovejas, aunque sean muy buenos pastores de las suyas, de las de su grey”. Y añade: “Sólo es “Buen Pastor” el que, conociendo y viviendo nuestro espíritu, recibe esa misión de quien puede dársela: “a éste abre el portero, y las ovejas escuchan su voz, y él llama por su nombre a las ovejas propias y las saca fuera. Y, cuando ha hecho salir a sus propias ovejas, va delante de ellas, y las ovejas le siguen, porque conocen su voz” (Ioann. X, 3-4). Por eso, los miembros del Opus Dei, si de verdad quieren ser fieles, “no siguen a un extraño, sino que huyen de él, porque no conocen la voz de los extraños” (Ioann. X, 5)”. La insistencia en que los fieles del Opus Dei deben confesar siempre con sacerdotes de la Obra —en especial si hubiera algo que contar que les diera mayor vergüenza— es directa y constante. Sigue en efecto el mencionado texto del Fundador: “Y les abriréis el corazón de par en par— ¡podrido, si estuviese podrido!—, con sinceridad, con ganas de curaros; si no, esa podredumbre no se curaría nunca. Si fuésemos a una persona que sólo puede curarnos superficialmente la herida... es porque seríamos cobardes, porque no seríamos buenas ovejas, porque iríamos a ocultar la verdad, en daño nuestro. Y haciéndonos este mal, buscando a un médico de ocasión, que no puede dedicarnos más que unos segundos, que no puede meter el bisturí, y cauterizar la herida, también estaríamos haciendo un daño a la Obra. Si tú hicieras esto, tendrías mal espíritu, serías un desgraciado. Por ese acto no pecarías, pero ¡ay de ti!, habrías comenzado a errar, a equivocarte. Habrías comenzado a oír la voz del mal pastor, al no querer curarte, al no querer poner los medios. Y estarías haciendo un daño a los demás” (Carta “Divinus Seminator”, del año 1955, nn. 16 y 22, texto reproducido en los tomos internos de Meditaciones, en las reflexiones para el Domingo IV de Pascua, Tomo II pp.532-535). De este modo, si sólo son buenos pastores de los miembros del Opus Dei en el fuero interno los Directores y sacerdotes de la Obra designados para ello, los demás sacerdotes de la Iglesia son calificados automáticamente de malos pastores para los miembros de la Obra, por lo que los fieles del Opus Dei quedarían segregados de la acción pastoral sacramental de la jerarquía ordinaria de la Iglesia, que no representaría bien a Cristo para curar, sanar y aconsejar. Por el contrario, el Concilio Vaticano II, en su Decreto Perfectae caritatis, recomienda a los superiores o moderadores de instituciones religiosas que gobiernen a sus súbditos como a hijos de Dios, y con respeto a la persona humana, fomentando su sumisión voluntaria. Déjenles, por ello, especialmente la debida libertad en cuanto al sacramento de la penitencia y dirección de conciencia (n. 14).
19 Ver las precisiones contenidas en Experiencias de los Consejos locales, p. 126ss. Roma 2005 (http://www.opuslibros.org/libros/Excl2005/indice.htm). Ver también la Guía Bibliográfica o Índice del Opus Dei (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=6585).
20 “Para facilitar esa tarea, la Comisión Regional envía listas de libros adecuados para la lectura espiritual” (Experiencias de los Consejos locales, p. 121).
21 “Los Directores locales, y los que tienen encargos de formación, procuran recomendar a cada uno el libro que resulte más apropiado a sus circunstancias personales en ese momento, evitando la improvisación” (Experiencias de los Consejos locales, p. 121).
22 “Por una evidente razón de prudencia, en las bibliotecas de los Centros sólo se incluyen los libros relacionados con la fe y las costumbres que, con el asesoramiento de la Dirección espiritual de la Región o de la Delegación, se considere que carecen de inconvenientes; y los libros de teología, moral, filosofía, medicina, etc., que sean de consulta o de estudio para un profesional o un especialista, no están al alcance de los demás, si pudieran hacerles daño” (Experiencias de los Consejos locales, p. 122).
23 Declaración anterior a la Fidelidad: “Con la ayuda de Dios Nuestro Señor, para quien es toda la gloria, confiando en la intercesión de Santa María, de nuestros Patronos y de mi Santo Ángel Custodio, yo ..., por mi honradez cristiana, me comprometo a cuidar con especial diligencia lo que sigue: 1° - con respecto a la Prelatura: evitar sinceramente, por mi parte, todos aquellos hechos o palabras que, en cualquier modo, puedan atentar a la unidad espiritual, moral o jurídica del Opus Dei. Y si estas cosas fueran hechas o dichas por otros miembros, no tolerarlas y corregirlas, según parezca oportuno en la presencia del Señor; 2° - con respecto a todos y cada uno de los Directores del Opus Dei: evitar cuidadosamente, por mi parte, las murmuraciones que pudieran disminuir su fama o restar eficacia a su autoridad; y, de modo semejante, rechazar las murmuraciones de los otros, y no consentirlas en ningún modo” (Experiencias de los Consejos locales, p. 193).
24 Catecismo de la Obra, nº 221: “Nunca será conveniente que los fieles del Opus Dei tengan entre sí estas confidencias de vida interior o de preocupaciones personales, porque quienes cuentan con la gracia especial, para atender y ayudar a los miembros de la Obra, son el Director o la Directora —o la persona que los Directores determinen— y el sacerdote designado. Además, si no se evitasen esas confidencias con otras personas, se podría dar lugar a grupos o amistades particulares, y se podría fomentar en algunos la curiosidad indebida por asuntos que no le incumben.” Aunque pueda parecer fuerte la expresión terminantemente prohibida, que hemos empleado en el texto, se corresponde con el nunca será conveniente, del texto citado y, por supuesto, con la realidad práctica.
25 “Tenemos que llevar a la Confidencia las preocupaciones, tristezas, alegrías y proyectos de vida espiritual y apostólica; hacer presentes nuestras dificultades; la vida entera de nuestra alma, en un deseo de entrega plena a la Obra, sin dejar rincones ocultos. Entonces recibiremos luz y orientación para conformar nuestra vida a la Voluntad de Dios y para desarrollar nuestra personalidad de manera constante y ordenada. Cuanto mayor empeño pongamos en esta tarea, más gracia recibiremos del Señor (…). Hace falta sólo esa disposición nuestra de recibir, de ponernos en manos de los Directores; es el camino querido por el Señor” (Libro de Meditaciones -texto oficial de la Obra-, Tomo III, Viernes de la X Semana del Tiempo Ordinario). Cuando se habla de la Confidencia se refiere a lo que habitualmente se entiende como dirección espiritual personal, que en la Obra se tiene con los Directores. La praxis del Opus Dei identifica –como se aprecia en la cita- “ponerse en manos de los Directores” por la sinceridad total, con “ponerse en manos de Dios”. Ver también nota 30.
26 Catecismo de la Obra, nº 227: “¿Qué se entiende por corrección fraterna? Por corrección fraterna se entiende la advertencia, llena de delicadeza y de sentido sobrenatural, con que se procura apartar a un fiel de la Obra de algún hábito ajeno al espíritu del Opus Dei.” Se entiende por “espíritu del Opus Dei” lo que establecen los Directores. En la Declaración de los miembros llamados Inscritos (los que se dedican a tareas especiales de formación), éstos se comprometen a velar para que se practique la corrección fraterna en el sentido indicado: “Yo ..., por mi honradez cristiana, me comprometo a cuidar con especial diligencia lo que sigue: 1° - mantener firmemente, como uno de los pilares del Opus Dei, la práctica de la corrección fraterna; procurar con todas mis fuerzas que se conserve vigente con toda integridad; y ejercitarla siempre fielmente, según nuestro espíritu, cuando la considere necesaria o muy conveniente para las almas de los miembros o para el bien de la Prelatura…” (Experiencias de los Consejos locales, p. 194). ¿No resulta sorprendente que la corrección fraterna sea considerada uno de los pilares del Opus Dei?
27 Catecismo de la Obra, nº 230: “¿Qué precaución hay que tomar antes y después de hacer la corrección fraterna? Para hacer la corrección fraterna, se ha de consultar antes al Director local; y, después, comunicarle que se ha hecho la corrección.”
28 Como dice el Vademécum del Gobierno local, p.117, los miembros de la Obra “vivirán libremente dispuestos a abandonar la labor profesional más floreciente o cualquier trabajo profesional, por fecundo que sea, para dedicarse aun a las tareas más humildes, si así se lo piden los Directores.”
29 Transcribo el texto de una de esas Notas de gobierno –en el Opus Dei se gobierna a base de Notas-, sobre el uso de teléfonos móviles, que es un pequeño ejemplo de lo que afirmamos: “Por otra parte estas llamadas tienen todavía un coste muy alto, no es difícil superar el precio de 1 €/llamada. En algunos casos podríamos considerarlo como gasto extraordinario y consultar la oportunidad de hacer una o varias llamadas. Y siempre -hablando del uso no profesional- entregar como cuenta de gastos el listado de las llamadas que ofrece la compañía telefónica”.
30 “En la tarea de formación espiritual, no es prudente dar las cosas por supuestas; por esa razón, no sería lógico prescindir sistemáticamente de algunos temas, concretamente la fe, la pureza y la vocación. Es indispensable formar muy bien en esos puntos, tratándolos con delicadeza y sentido sobrenatural, con claridad y sin ambigüedades. También conviene hablar en la charla fraterna de las lecturas, para pedir el oportuno consejo; y del aprovechamiento del tiempo, que es para Dios. Será oportuno a veces facilitar la dirección espiritual, preguntando —en el caso de que a alguien se le olvidara— sobre esas materias, para poder así orientar y formar la conciencia, sugiriendo metas concretas de lucha y de progreso interior” (Vademecum del Gobierno Local, p. 97). Como se puede apreciar, el director espiritual no es un mero escuchador, sino que debe interrogar sobre toda la intimidad.
Para ilustrar cuál es la mentalidad y hasta dónde se pretende llegar en el dominio de la intimidad personal, citamos dos párrafos de un guión interno, elaborado por las Directoras: “Esta enseñanza y esta formación que imparten las Directoras ha de referirse a todos los aspectos de la vida: todas y cada una de las potencias y sentidos, todas y cada una de las actividades, como se ha dicho: no deben quedar parcelas que: o no se ven, o no se quieren ver, o no se quieren someter, o quedan apartadas de la dirección espiritual. Unidad de vida: totalidad y exclusividad, como se ha dicho, fraguada en la oración personal” […] Para esto, la Directora ve, oye (correcciones fraternas), profundiza (lleva a su oración, pregunta a la interesada, etc.) en todos los aspectos de la vida de sus hermanas, sin «dejar parcelas oscuras», sin omitir aspectos; y pregunta, sin temor a entrar en la intimidad. Día a día, con una delicadeza extrema, porque se sabe instrumento del Espíritu Santo, minia el códice, hoja a hoja, conociendo a fondo a sus hermanas (reacciones, actitudes y situaciones) y queriendo de veras a cada una” (Dirección espiritual: Formación de la conciencia. Fidelidad. Junio de 1996). Este guión se encuentra reproducido en el libro de Isabel de Armas Serra La voz de los que disienten, pp. 126-135. Editorial Foca. Madrid, año 2005. Cfr. para contrastar el c. 630 del Código de Derecho Canónico, y el Decreto Quemadmodum de León XIII, del 17 de diciembre de 1890 (Acta Sanctae Sedis 23 (1890-1891) 505-508).
32 Tratando de los deberes de la obediencia, en el Catecismo de la Obra nº 141, se señala que, para los fieles del Opus Dei, esa virtud cristiana conlleva el “deber” de “aceptar con la mayor prontitud y con esmero las sugerencias, disposiciones y consejos de los Directores del Opus Dei en todo lo referente a su vida espiritual y a la labor apostólica”. En la misma línea, el Vademécum del Gobierno local enumera entre los compromisos adquiridos al incorporarse al Opus Dei, nada menos que “el deber de obedecer con finura, sentido sobrenatural y prontitud al Padre —y a los Directores que le representan—, en todo lo referente a la vida interior y al apostolado” (p.53). ¿Hay algo en la existencia de una persona que no guarde relación con su vida interior? Véase lo que se ha dicho en la nota 17.
33 En De spiritu et de piis servandis consuetudinibus, nº 69, se dice: “Esta caridad nos obliga a ayudar y a aconsejar a los demás fieles, siempre dentro de los límites de la corrección fraterna”. O sea que toda posibilidad de ejercer el amor fraterno dando un consejo a los demás cuando lo estimamos oportuno, queda limitada a la “corrección fraterna”, previa información a los Directores y autorización de ellos. De esta manera se impide cualquier posibilidad de entrar en una relación de confianza y de amistad.
34 Para ilustrar lo que decimos sobre la formación ideológica, se cita un testimonio personal: “No me acabo de dar cuenta de que todo mi ser es para la Obra, que no hay aspecto alguno de mi vida que me pertenezca a mí, sino a Dios, a la Obra, a los directores. "Mis" derechos son egoísmo. Los "suyos" son fidelidad-felicidad, eficacia apostólica y vida eterna: intimidad con Dios, cumplimiento de mi deber, Opus Dei. Que se me quite de la cabeza la obediencia selectiva: pueden decirme todo acerca de todo y en todo momento. Lo mío es obedecer. En todo y siempre. Es absurdo racionalizar la voluntad de Dios, ese es el disfraz de la infidelidad. Los cotos cerrados que aún tengo son el escenario de mi traición: Jesús en su cruz llamándome, y yo cuestionando las cosas de los directores: mezquino, mezquino, mezquino” (Lappso, http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=4467).
35 El Vademécum del Gobierno local dice refiriéndose a estos casos: “En concreto, convendrá enterarse con prudencia de qué clase de amistades cultiva; si tiene intimidad con alguna persona, si busca consejo espiritual fuera de la Obra, en lugar de dirigirse a sus hermanos; qué correspondencia envía y recibe, pues quizá escriba a parientes, a amigos o a otras personas que no le orientan bien; qué libros lee” (p.63). El modo de enterarse es usando todos los medios, tanto de fuero de conciencia como de fuero externo.
36 Cfr. cánones 51; 54 § 2 y 1720 del CIC. 23
37 En relación con lo que decimos, pueden consultarse dos testimonios. En el primero de ellos (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=6783), se constata el procedimiento de la imposición oral de penas. El segundo, constituye una rara excepción a esta norma habitual del Opus Dei, pero manifiesta la práctica de imponer censuras como medio de coacción (http://www.opuslibros.org/libros/libero_antonio.htm), pues al sacerdote D. Antonio Petit se le revocan las facultades ministeriales mediante decreto extrajudicial del Prelado por razón de querer excardinarse de la Prelatura por causas personales graves, sin haber incurrido en ningún delito. El Decreto del Prelado, reproducido en el escrito de referencia, es suficiente prueba de lo que venimos afirmando. Se ha llegado a imponer penas canónicas a supernumerarias (la censura de no comulgar durante semanas) por el hecho de haberse confesado en caso de necesidad con un sacerdote que no era del Opus Dei.
38 Cfr. el artículo de Oráculo ya referido en la nota 2. Véase también el testimonio de Dolce Vita, sobre los reglamentos internos, Anoche tuve un sueño… y al despertar, me hice una pregunta (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12486).
39 Para aclarar esta cuestión resultan muy adecuados dos artículos de Líbero: La potestad de jurisdicción y su ejercicio en el Opus Dei (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12555), y Complemento sobre la Prelatura (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12627). A este respecto se puede contrastar lo que se dice en el Catecismo de la Obra, en sus nn. 9-11 de la Séptima Edición, Roma 2003 (http://opuslibros.org/libros/Catecismo/Catecismo.htm#art1).
40 En la Obra no se reconocen estas coacciones: “Con este trabajo constante de proselitismo de los fieles del Opus Dei, no se coacciona a las almas, porque se trata de una propuesta para vivir con plenitud una entrega que enriquece la libertad, al conformar a cada uno con Jesucristo. Además, en un asunto tan importante, como es el de la vocación, no admiten coacciones más que los débiles mentales. Y ésos no sirven para la Obra” (Catecismo de la Obra, n. 298). Sin embargo, véase el artículo de Oráculo La técnica sectaria del proselitismo del Opus Dei (http://www.opuslibros.org/libros/tecnica_oraculo.htm). A causa de este proselitismo realizado sin el debido discernimiento de la vocación, y generalmente con adolescentes, el índice de fracaso vocacional de los miembros célibes del Opus Dei se sitúa alrededor del 95%, aunque desde la Petición de admisión se insiste en que la vocación no es a prueba, sino para siempre. Esta cifra tan alta, también hay que atribuirla al deterioro progresivo de la institución ocasionado por los procedimientos que venimos denunciando a lo largo de este escrito.
41 A este respecto se puede consultar el artículo de Doserra La deformación de la figura del sacerdote en el Opus Dei (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=8144).
42 Véase a este respecto el ilustrativo y sobrecogedor testimonio de Mari Paz, encarnación de lo que decimos (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12706).
43 A este respecto, resulta muy ilustrativo el artículo de Oráculo, La historia inmoral del Opus Dei (http://www.opuslibros.org/libros/oraculo_Petit/historia.htm).
En fin, no queremos extendernos en descripciones, pues pensamos que es suficiente con lo dicho para que cualquiera pueda hacerse cargo de los daños que un planteamiento institucional de este tipo ocasiona en las personas. Pero no sólo en las personas que se van, sino -peor aún- en las que perseveran dentro, porque, en un porcentaje altísimo, las que permanecen se encuentran en muy mal estado psicológico, de una forma u otra, al seguir sometidas a ese dominio degradante. Son muchas las víctimas que están sufriendo lo indecible dentro de esta institución, interiormente atenazadas por el propósito de fidelidad a Dios o por la imposibilidad fáctica de dejarla.
44 Los alemanes, buenos conocedores del peligro totalitario, vienen denunciando desde hace años el integrismo del Opus Dei: el Opus Dei es “la más fuerte manifestación integrista” de la Iglesia, dejó dicho el cardenal teólogo Urs von Balthasar (Cfr. El Opus Dei: Integrismo católico). Son de la misma opinión los autores del Handbuch der Pastoralteologie (Manual de teología pastoral), 5 volúmenes, Friburgo 1966, editados por Arnold, Rahner, Schurr y Weber. Dentro del tomo II/1, el capítulo VIII, (pp. 277-343), cuya autoría se debe a A. Görres, Pathologie des katholischen Cristentums (Patología del cristianismo católico).
45 “Finalmente, tened un fichero, lo más completo posible, de las visitas que hagáis a las autoridades —siempre de acuerdo con la Comisión—, y de las amistades de la casa y anotad el trato que tenía con cada uno, para no dejar que ninguna de esas amistades se enfríe. Que en la ficha quede nota de las atenciones que ellos tienen con vosotros, y vosotros con ellos: podéis hacer una buena labor espiritual” (Instrucción para los Directores, nº 72).
46 Como botón de muestra de la gravedad que suponen estos informes, puede leerse el que se elaboró sobre una diócesis española, y que fue encontrado fortuitamente por uno de los responsables de la curia. Ver publicación de Ávila, Informe secreto de una diócesis, demostrativa de esta práctica de los informes, en los que se juzga y difama mediante opiniones carentes de autoridad (http://www.opuslibros.org/libros/Avila_informe_secreto.htm).
47 El reconocido teólogo Yves Congar, en su libro Falsas y verdaderas reformas en la Iglesia, Madrid 1953, nos da abundantes pistas sobre lo que decimos: “Los integristas del siglo XIX querían sustentar y defender la doctrina de la Iglesia sin añadidos ni amputaciones; además, se organizaron en sociedades secretas y utilizaron la delación como arma de ataque contra quienes consideraban sus enemigos dentro y fuera de la Iglesia. En principio no es una posición doctrinal, sino “cierto modo de sentir y de afirmar el catolicismo; es primariamente una mentalidad o una actitud, que determinan cierto modo de sustentar las posiciones católicas” (p.446). “Adoptan actitudes totales: un modo de ser y de educación, un temperamento que afecta a toda la vida intelectual, moral y política. Intelectualmente vivirán en el pasado y políticamente en la “derecha”. Luego el modo de percibir la vida, la religión y el mundo moderno separan a los integristas de quienes no lo son. Los católicos conservadores desconfían del mundo moderno, temen que el enemigo se cuele en la Iglesia y que se pacte con el error; tienden a ver herejías por todas partes. Son amantes del orden, sobre todo si viene impuesto desde arriba por medio del dogma o de la tradición, en cualquier caso de la autoridad competente, y sienten animadversión hacia todo lo que tenga origen humano. Desconfían del siglo y aman la autoridad” (p.453).
48 Ver artículo de Giancarlo ROCCA, El fundador del Opus Dei. Una evaluación crítica, en Revue d’Histoire Ecclésiastique, abril de 2007. Y también del mismo autor, Gli studi accademici di Josemaría Escrivá de Balaguer, en curso de publicación. Adjuntamos ambos trabajos a este escrito.
[1] Cfr. cánones 51; 54 § 2 y 1720 del CIC. 23
[2] En relación con lo que decimos, pueden consultarse dos testimonios. En el primero de ellos (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=6783), se constata el procedimiento de la imposición oral de penas. El segundo, constituye una rara excepción a esta norma habitual del Opus Dei, pero manifiesta la práctica de imponer censuras como medio de coacción (http://www.opuslibros.org/libros/libero_antonio.htm), pues al sacerdote D. Antonio Petit se le revocan las facultades ministeriales mediante decreto extrajudicial del Prelado por razón de querer excardinarse de la Prelatura por causas personales graves, sin haber incurrido en ningún delito. El Decreto del Prelado, reproducido en el escrito de referencia, es suficiente prueba de lo que venimos afirmando. Se ha llegado a imponer penas canónicas a supernumerarias (la censura de no comulgar durante semanas) por el hecho de haberse confesado en caso de necesidad con un sacerdote que no era del Opus Dei.
[3] Cfr. el artículo de Oráculo ya referido en la nota 2. Véase también el testimonio de Dolce Vita, sobre los reglamentos internos, Anoche tuve un sueño… y al despertar, me hice una pregunta (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12486).
[4] Para aclarar esta cuestión resultan muy adecuados dos artículos de Líbero: La potestad de jurisdicción y su ejercicio en el Opus Dei (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12555), y Complemento sobre la Prelatura (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12627). A este respecto se puede contrastar lo que se dice en el Catecismo de la Obra, en sus nn. 9-11 de la Séptima Edición, Roma 2003 (http://opuslibros.org/libros/Catecismo/Catecismo.htm#art1).
[5] En la Obra no se reconocen estas coacciones: “Con este trabajo constante de proselitismo de los fieles del Opus Dei, no se coacciona a las almas, porque se trata de una propuesta para vivir con plenitud una entrega que enriquece la libertad, al conformar a cada uno con Jesucristo. Además, en un asunto tan importante, como es el de la vocación, no admiten coacciones más que los débiles mentales. Y ésos no sirven para la Obra” (Catecismo de la Obra, n. 298). Sin embargo, véase el artículo de Oráculo La técnica sectaria del proselitismo del Opus Dei (http://www.opuslibros.org/libros/tecnica_oraculo.htm). A causa de este proselitismo realizado sin el debido discernimiento de la vocación, y generalmente con adolescentes, el índice de fracaso vocacional de los miembros célibes del Opus Dei se sitúa alrededor del 95%, aunque desde la Petición de admisión se insiste en que la vocación no es a prueba, sino para siempre. Esta cifra tan alta, también hay que atribuirla al deterioro progresivo de la institución ocasionado por los procedimientos que venimos denunciando a lo largo de este escrito.
[6] A este respecto se puede consultar el artículo de Doserra La deformación de la figura del sacerdote en el Opus Dei (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=8144).
[7] Véase a este respecto el ilustrativo y sobrecogedor testimonio de Mari Paz, encarnación de lo que decimos (http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=12706).
[8] A este respecto, resulta muy ilustrativo el artículo de Oráculo, La historia inmoral del Opus Dei (http://www.opuslibros.org/libros/oraculo_Petit/historia.htm).
En fin, no queremos extendernos en descripciones, pues pensamos que es suficiente con lo dicho para que cualquiera pueda hacerse cargo de los daños que un planteamiento institucional de este tipo ocasiona en las personas. Pero no sólo en las personas que se van, sino -peor aún- en las que perseveran dentro, porque, en un porcentaje altísimo, las que permanecen se encuentran en muy mal estado psicológico, de una forma u otra, al seguir sometidas a ese dominio degradante. Son muchas las víctimas que están sufriendo lo indecible dentro de esta institución, interiormente atenazadas por el propósito de fidelidad a Dios o por la imposibilidad fáctica de dejarla.
[9] Los alemanes, buenos conocedores del peligro totalitario, vienen denunciando desde hace años el integrismo del Opus Dei: el Opus Dei es “la más fuerte manifestación integrista” de la Iglesia, dejó dicho el cardenal teólogo Urs von Balthasar (Cfr. El Opus Dei: Integrismo católico). Son de la misma opinión los autores del Handbuch der Pastoralteologie (Manual de teología pastoral), 5 volúmenes, Friburgo 1966, editados por Arnold, Rahner, Schurr y Weber. Dentro del tomo II/1, el capítulo VIII, (pp. 277-343), cuya autoría se debe a A. Görres, Pathologie des katholischen Cristentums (Patología del cristianismo católico).
[10] “Finalmente, tened un fichero, lo más completo posible, de las visitas que hagáis a las autoridades —siempre de acuerdo con la Comisión—, y de las amistades de la casa y anotad el trato que tenía con cada uno, para no dejar que ninguna de esas amistades se enfríe. Que en la ficha quede nota de las atenciones que ellos tienen con vosotros, y vosotros con ellos: podéis hacer una buena labor espiritual” (Instrucción para los Directores, nº 72).
[11] Como botón de muestra de la gravedad que suponen estos informes, puede leerse el que se elaboró sobre una diócesis española, y que fue encontrado fortuitamente por uno de los responsables de la curia. Ver publicación de Ávila, Informe secreto de una diócesis, demostrativa de esta práctica de los informes, en los que se juzga y difama mediante opiniones carentes de autoridad (http://www.opuslibros.org/libros/Avila_informe_secreto.htm).
[12] El reconocido teólogo Yves Congar, en su libro Falsas y verdaderas reformas en la Iglesia, Madrid 1953, nos da abundantes pistas sobre lo que decimos: “Los integristas del siglo XIX querían sustentar y defender la doctrina de la Iglesia sin añadidos ni amputaciones; además, se organizaron en sociedades secretas y utilizaron la delación como arma de ataque contra quienes consideraban sus enemigos dentro y fuera de la Iglesia. En principio no es una posición doctrinal, sino “cierto modo de sentir y de afirmar el catolicismo; es primariamente una mentalidad o una actitud, que determinan cierto modo de sustentar las posiciones católicas” (p.446). “Adoptan actitudes totales: un modo de ser y de educación, un temperamento que afecta a toda la vida intelectual, moral y política. Intelectualmente vivirán en el pasado y políticamente en la “derecha”. Luego el modo de percibir la vida, la religión y el mundo moderno separan a los integristas de quienes no lo son. Los católicos conservadores desconfían del mundo moderno, temen que el enemigo se cuele en la Iglesia y que se pacte con el error; tienden a ver herejías por todas partes. Son amantes del orden, sobre todo si viene impuesto desde arriba por medio del dogma o de la tradición, en cualquier caso de la autoridad competente, y sienten animadversión hacia todo lo que tenga origen humano. Desconfían del siglo y aman la autoridad” (p.453).
[13] Ver artículo de Giancarlo ROCCA, El fundador del Opus Dei. Una evaluación crítica, en Revue d’Histoire Ecclésiastique, abril de 2007. Y también del mismo autor, Gli studi accademici di Josemaría Escrivá de Balaguer, en curso de publicación. Adjuntamos ambos trabajos a este escrito.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Identifícate con tu e-mail para poder moderar los comentarios.
Eskerrik asko.