sábado, 30 de octubre de 2021

Las órdenes religiosas, un caso especial y una mirada a otros lugares / Iglesias donde ya se vive la sinodalidad

Fuente:   katholisch.de

Por Christoph Paul Hartmann 

Bonn - 29.10.2021


El proceso sinodal mundial también tiene que ser una toma de decisiones conjunta de todos los miembros de la Iglesia. En algunas partes del mundo católico, por fortuna, esto ya no es solo teoría, sino algo que forma parte de la vida cotidiana. Tres ejemplos muestran el potencial de la sinodalidad.

 El proceso sinodal mundial está en marcha, y es importante para el Papa Francisco que no se quede en "solo una intención piadosa". Es cierto que se ha avanzado en el ámbito de la participación; pero "no podemos dejar de registrar el malestar y el sufrimiento de muchos agentes pastorales, de los órganos de participación en las diócesis y parroquias y de las mujeres", dijo el Pontífice en la apertura del proceso de preparación del Sínodo de los Obispos sobre la Sinodalidad del 2023. Este se titula: "Por una Iglesia sinodal: Comunión, Participación y Misión" Pero, ¿cómo puede ser este diálogo y participación en la práctica? Una mirada al mundo católico revela que ya hay algunas decisiones que tal vez puedan inspirar a la Iglesia universal.

 

Las órdenes y comunidades religiosas

En el caso de las órdenes y comunidades religiosas, no es solo un individuo el que siempre tiene el bastón de mando, sino que hay responsabilidades muy diferentes. Hay superiores que lo son de la orden en su conjunto, pero también están los responsables de provincias. A la par que con el Capítulo General, hay un órgano supremo decisivo. Además, todas las órdenes y comunidades religiosas deben designar a alguien para administrar los activos de la Orden, y esta persona no debe ser la misma que el Superior. Por lo tanto, el poder está compartido, tal y como se lee en las normas vinculantes del derecho canónico (CIC can. 617-640). Cualquiera que lea estas regulaciones encontrará muchas formulaciones generales: “El Superior general de un instituto ha de ser designado por elección canónica, de acuerdo con las constituciones” (CIC, Can. 625) Por tanto, a las comunidades se les permite hacer muchos ajustes por sí mismas. Esto incluye, entre otros puntos, la designación de las personas para el Capítulo General. A veces se cumplimenta según grupos de edad, a veces las provincias envían delegados. La forma en que esto se determina es diferente; hay instituciones en las que se hace por elección, en otras, por nombramiento directo. Por ejemplo, en el caso de los jesuitas, que están muy organizados central y jerárquicamente, los superiores provinciales son nombrados por el superior general.

La duración de la permanencia de los responsables en el cargo es igualmente diferente. “Los Superiores han de ser designados por un tiempo determinado y conveniente, según la naturaleza y necesidades del instituto, a no ser que las constituciones establezcan otra cosa por lo que se refiere al Superior general o a los Superiores de una casa autónoma”  (Can 624 § 1 CIC). El Código de Derecho Canónico da así un amplio margen de maniobra. Las propias reglas de las comunidades bien pueden cambiar: hubo un tiempo en el que los benedictinos eligieron a sus abades de por vida; a partir del Concilio Vaticano II (1962-65) el mandato ha sido limitado.

Los derechos y deberes de los superiores, las rondas consultivas y los informes también se establecen en las reglas de la Orden. Dependiendo de la comunidad, hay diferentes concepciones de cómo se ha de liderar, de cómo lo ha de hacer quien dirige un monasterio o quien tiene la responsabilidad económica.

Por tanto, las órdenes y las comunidades religiosas ofrecen una gran variedad de concepciones en el ejercicio del liderazgo, como parte que son de la Iglesia en general, y, a la vez, una gran variedad de diferenciadas regulaciones entre sí. ¿Existe un modelo a seguir? El canonista de Múnich y benedictino Stephan Haering subrayó en una conferencia en 2019 que las órdenes son una importante fuente de inspiración para la sinodalidad.

 

Suiza

A la Iglesia le gusta enfatizar su constitución genuinamente jerárquica y no democrática, pero Suiza demuestra lo contrario. En la tierra de la democracia directa, incluso la Iglesia Católica está parcialmente democratizada. Aquí hay una doble estructura: además de los obispos con sus diócesis, hay representantes laicos elegidos que reciben y distribuyen el impuesto de la iglesia. Este principio continúa a nivel parroquial, donde el párroco también tiene que contar con un laico que, elegido representante del laicado, se encarga de distribuir los recursos financieros de acuerdo con las prioridades acordadas. En otros cantones, algo muy propio de Suiza, a veces se organiza de manera algo diferente, pero el principio básico es similar.

De esta manera, los laicos gestionan el dinero y el clero se encarga de la pastoral. Esto es objeto, una y otra vez, de disputas, ya que algunos obispos perciben este sistema como particularmente incómodo. Sin embargo, a la gente en Suiza siempre le gusta enfatizar que esta dualidad evita el abuso de poder, porque el poder está dividido y ninguna de las partes puede tomar decisiones importantes sin la otra.

Por tanto, en Suiza, el dinero es el medio decisivo por el cual se hace cumplir la sinodalidad. Esto crea (idealmente) una comunicación constante y sus obispos, los únicos en el mundo, se las tienen que ver con un socio laico en pie de igualdad. El poder se distribuye y, al mismo tiempo, al menos en parte, se legitima democráticamente.

 

La Vieja Iglesia Católica

La Vieja Iglesia Católica fue fundada a partir de 1872, como reacción al Concilio Vaticano I y a la infalibilidad papal, así como a la primacía de jurisdicción del Papa sobre toda la Iglesia, allí acordados. A diferencia de la Iglesia Católica (Romana), con su orden jerárquico, la Vieja Iglesia Católica es más sinodal.

El máximo órgano de toma de decisiones es el sínodo elegido, del que, aproximadamente dos tercios, son laicos y alrededor de un tercio, clero. Este organismo aprueba los estatutos de la diócesis y tiene la última palabra sobre muchos temas. También elige al obispo local. El gran sínodo se reúne cada dos años.

Existe una especie de sínodo menor o concentrado que, representando al gran sínodo, interviene en la vida cotidiana de la diócesis. Este organismo dirige la diócesis junto con el obispo. Y, entre otras cosas, gestiona las finanzas y es responsable ante el gran Sínodo. Conviene aclarar que los responsables episcopales en el Gran Sínodo y los representantes sinodales en los diocesanos no están, de hecho, estrictamente separados entre sí. Por ello, cada obispo local es miembro tanto de la representación sinodal (en la diócesis) como en el gran sínodo.

Los viejos católicos tienen una estructura dual en la que los obispos y los laicos trabajan juntos, pero las decisiones generales siempre están legitimadas democráticamente. Esto los conecta con las iglesias de la Reforma. Sin embargo, sus sacerdotes están en sucesión apostólica (católica), ya que la línea de ordenación nunca ha sido interrumpida.

 

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