El sacerdote actuó en consonancia con lo que estipula el Código de Derecho Canónico
Fuente: El Debate
Por Álex Navajas
17/07/2024 (Europa\Roma)
El obispado de Málaga ha emitido un comunicado en apoyo al párroco de Benamargosa que se ha limitado a obedecer lo estipulado en el Código de Derecho Canónico respecto al bautismo de una niña del municipio. El sacerdote propuso a la madre de la menor «diferir» el sacramento al estimar que faltaba «esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica», como recoge la normativa de la Iglesia. La mujer no aceptó la propuesta del sacerdote, y dio a conocer el caso públicamente.
Además, otra familia de la parroquia que exigió que su hijo hiciese la Primera Comunión se encontró en una situación parecida, cuando el sacerdote la invitó a que el niño se preparase para el sacramento, porque «no cuenta con la preparación ni disposición necesarias y prefiere también diferir la comunión». El obispado confía en la labor del párroco, al que reconoce como «único interlocutor» entre la Iglesia y los interesados, «pues es quien mejor conoce la situación de estas familias».
Nunca se ha denegado el bautismo
Según la diócesis malagueña, el sacerdote «nunca ha denegado el sacramento», como se han apresurado a aseverar algunos medios de comunicación, sino que «ha tenido informado al obispo y siempre le ha manifestado que faltaba, según la normativa de la Iglesia, la 'esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica'». El Código de Derecho Canónico, en su número 868, establece claramente que «si falta por completo esa esperanza, debe diferirse el bautismo, según las disposiciones del derecho particular, haciendo saber la razón a sus padres», que es el criterio que ha seguido el párroco de Benamargosa. «Así se lo ha hecho saber a los padres, con quienes tiene una relación fluida y cercana. Por tanto, en el momento en que haya 'esperanza fundada' de ser educada en la fe católica, la niña podría ser bautizada», señala el comunicado del obispado.
«Para celebrar y recibir un sacramento a partir de la edad de uso de razón es necesario conocer lo que se recibe y tener un mínimo de formación religiosa, de actitud de fe en querer vivirla y de voluntad para hacerlo», recuerda el obispado en su comunicado.
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